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Trámites necesarios

El proceso hereditario es complejo y tedioso, en aceptarherencia.com te explicamos los pasos necesarios para la tramitación de la herencia. 

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¿Cuál es el proceso?

Las herencias son procesos lentos y tediosos, donde no sólo existe una elevada carga emocional derivada de la pérdida de un ser querido, sino que además conlleva un alta carga de trabajo administrativo donde es fundamental entender todas las fases para no cometer errores.   

 

Una mala decisión como consecuencia del desconocimiento del proceso puede conllevar pérdidas económicas importantes. En muchas ocasiones las deudas pueden superar el valor económico de los bienes y son los herederos quienes, una vez aceptada la herencia, deberán asumir dichas cargas. 

 

Una figura que muchos herederos desconocen es la posibilidad de aceptar una herencia a beneficio de inventario que, según explica el artículo 1023 del Código Civil, significa que el heredero “no queda obligado a pagar las deudas y demás cargas de la herencia sino hasta dónde alcancen los bienes de la misma”. Dicha aceptación , a beneficio de inventario, sólo podrá hacerse ante notario. Para poder formalizar este derecho, es necesario llevar a cabo un inventario de los bienes, derechos y obligaciones con su correspondiente valoración económica. Es importante mencionar que el heredero puede perder el derecho de aceptar a beneficio de inventario en el supuesto en el que el heredero dejare de incluir , a sabiendas, alguno de los bienes, derechos y obligaciones o en el supuesto en el que enajenar bienes de la herencia, antes de completar el pago de deudas o legados, sin la autorización de todos los interesados. 

 

Por otro lado, existen numerosos detalles que requieren un precisión quirúrgica para evitar conflictos familiares y con la administración tributaria. 

 

Los pasos que se deben seguir son los siguientes:

01

Certificado de defunción

El primer paso es obtener el certificado de defunción. Se trata de un documento que expide el Registro Civil y que certifica el fallecimiento de la persona. 

Este trámite se puede realizar presencialmente a través de cita previa o de forma telemática siempre que se disponga de los certificados digitales.

02

Certificado de últimas voluntades

El certificado de últimas voluntades es un documento que indica si la persona fallecida otorgó testamento, pudiendo verificar adicionalmente en qué notario se formalizó el testamento en caso de que existiera. El mismo puede solicitarse digitalmente

En caso de no existir testamento, los herederos deberán acudir previamente a una notaría para realizar el acta de declaración de herederos interesados. A través de este documento notarial, se determina quien o quienes resulten herederos de la persona fallecida sin testamento

03

Inventario y valoración de bienes, derechos y obligaciones del fallecido:

Esta es sin duda la parte más importante de todo el proceso, donde verificaremos si los bienes y derechos superan o no las obligaciones de la persona fallecida para poder tomar la decisión de aceptación o rechazo de la herencia. 
 
Es importante mencionar, que como herederos potenciales, si se acepta una herencia se aceptan las obligaciones del fallecido. En muchos casos, las obligaciones superan con creces los bienes y derechos y los herederos tendrían que asumir dichas cargas. La figura de aceptación a beneficio de inventario limita la responsabilidad de los herederos con el fin de que lo herederos sólo tengan que hacer frente a las obligaciones de la persona fallecida con los bienes y derechos de la herencia. 
 
Es importante mencionar que la herencia, en caso de ser aceptada, debe ser aceptada en su totalidad, asumiendo los bienes y derechos pero también, como hemos mencionado, las obligaciones. Una vez aceptada la misma es irrevocable 
 
Los bienes, derechos y obligaciones principales que componen las herencias son los siguientes: 

  • Bienes Inmuebles: Se trata del principal componente de las herencias y por ello su valoración es esencial. En aceptarherecia.com te ayudamos a valorar los bienes inmuebles.

  • Activos financieros: El heredero deberá acudir a los bancos de la persona fallecida aportando el certificado de defunción y copia del título sucesorio.

  • Seguros de Vida: Los herederos pueden solicitar el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento para verificar si la persona fallecida disponía de algún seguro del que fuera titular. Se puede solicitar dicho documento de forma digital.

  • Vehículos: Deberemos obtener el certificado de circulación del vehículo donde consta la titularidad del mismo. Este documento suele encontrarse en el interior del vehículo de la persona fallecida.

  • Deudas: Esta es una de las partes más complicadas y críticas ya que una vez aceptada la herencia, los herederos se hacen cargo de las obligaciones derivadas de la misma. Te explicamos todo en la sección de valoración de deuda

  • Joyas, Patrimonio histórico y otros: 

04

Formalización de la aceptación de la herencia y adjudicación de la herencia

La aceptación y adjudicación de la herencia es el documento notarial mediante el cual los herederos aceptan formalmente la herencia para llevar a cabo la posterior partición de la misma entre los herederos.
 
A través de este procedimiento, los herederos podrán asumir formalmente la titularidad de los bienes, derechos y obligaciones. Este paso es imprescindible antes de proceder a la venta de cualquier inmueble o derecho derivados de la  herencia.

05

Pago de Impuestos relativos a la aceptación de la herencia:

Firmado el documento notarial de aceptación y adjudicación, los herederos deberán liquidar ciertos impuestos dependiendo del tipo de bien que se haya heredado: 
 

  • Impuesto de sucesiones, que deberán liquidar todas las herencias, independientemente del tipo de bien que se herede

  • Plusvalía municipal que es el impuesto correspondiente al incremento del valor del bien inmueble

  • IRPF en caso de que se venda posteriormente el inmueble


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06

Inscripción de la herencia en el registro de la propiedad

En el caso de que en la herencia hubiere inmuebles, los herederos deberán inscribir su derecho de propiedad en el Registro. Esto sólo será posible una vez los herederos hayan formalizado la escritura de aceptación y partición de la herencia y con la condición de que se hayan liquidado los impuestos correspondientes ( Sucesiones y Plusvalía municipal)
 
En relación a las cuentas bancarias, el heredero deberá presentar la escritura de aceptación y partición de la herencia y justificante del pago de los impuestos para que las entidades puedan verificarlos y así poner a disposición las posiciones de dichos bancos en favor de los herederos.

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