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¿Qué implicaciones tiene la herencia si el padre ha fallecido y la madre sigue viva?

Aunque se trate de un evento del que nunca queremos hablar ni hacer frente, conviene planificar un potencial escenario de herencia donde uno de los dos cónyuges fallece. Un ejemplo es cuando en la herencia el padre ha fallecido y la madre está viva y viceversa. Uno de los aspectos más importantes es la elaboración de un testamento. En este artículo te compartimos las claves para elaborar un buen testamento

Las implicaciones de la herencia cuando solo fallece uno de los cónyuges dependen de varios factores, principalmente del régimen económico matrimonial y de si el fallecido dejó o no testamento.


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En el caso de que exista un testamento. Gracias al tercio de libre disposición se puede otorgar parte de los bienes del cónyuge fallecido al cónyuge viudo. Adicionalmente, el fallecido, a través de testamento puede otorgar el usufructo vitalicio de todos los bienes que conforman el patrimonio del fallecido. De esta manera, el cónyuge viudo podrá disfrutar de todos los bienes hasta su fallecimiento.

Se trata de una condición que se puede incluir en el testamento y que, en caso de incumplirla alguno de los herederos, penalizará los bienes percibidos, quedándose tan sólo con la legítima


Cabe mencionar que disponer de un usufructo universal supone que los bienes se deben conservar y que no se podrán vender por parte del cónyuge viudo. 

Por otra parte, pese a que se trate de una opción muy interesante para evitar problemas y conflictos familiares si uno de los cónyuges fallece, existen desventajas fiscales: El cónyuge viudo debe tributar no sólo por el usufructo en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, sino en IRPF por las rentas del usufructo, ya sea como consecuencia de los ingresos percibidos por alquileres o la imputación de rentas como consecuencia de no tener la vivienda ocupada. 


Adicionalmente, cuando fallece el cónyuge viudo, se deberá tributar nuevamente en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones por la consolidación del usufructo.


En el caso de que no exista un testamento: 

Los bienes del fallecido se heredan siguiendo el orden sucesorio descrito en nuestro artículo. Adicionalmente, el régimen matrimonial establecido (gananciales o separación de bienes) juega un papel primordial:

  • Matrimonio en régimen de separación de bienes: El cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de un tercio de la herencia, en el caso de que tuvieran hijos o descendientes. En el caso de que no tuvieran hijos o descendientes pero sí ascendientes, El cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de la mitad de la herencia


  • Matrimonio en régimen de gananciales: Adicionalmente a los derechos arriba mencionados, por la parte de los bienes que corresponden al cónyuge fallecido. El cónyuge viudo tiene derecho a la mitad de los bienes de la herencia que se hayan generado durante el matrimonio. No es que se herede la mitad de los bienes, sino que estos bienes, al haber sido generados durante la Sociedad de gananciales, corresponden al 50% a ambos cónyuges. 


Es importante analizar cada caso concreto para determinar la tributación exacta así como cualquier otro aspecto legal. Para ello, te ponemos en contacto con los mejores abogados especialistas en herencias 


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